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Así es el polémico paro 'especial' a la Cultura a causa del coronavirus

Imagen de la película española 'Si yo fuera rico'
Redacción | Domingo 10 de mayo de 2020
El Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado miércoles nos dejó un real decreto con nuevas "medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social de la covid-2019".

Tal y como recoge la Fundación Ciudadana Civio, las principales medidas son las siguientes:

Paro especial para artistas pero no para técnicos

El Ejecutivo de Pedro Sánchez ha aprobado una prestación de paro extraordinaria para los trabajadores que estén incluidos en el Régimen General de Artistas, aunque excluye a algunos técnicos.

Por tanto, podrán recibir un subsidio los que, habiendo trabajado al menos 20 días el año anterior, hayan cobrado un mínimo de dos veces el Salario Mínimo Profesional (SMI) o bien no puedan continuar realizando su actividad a causa de la crisis y no tengan derecho al paro ordinario.

El cobro de la prestación, de unos 776 euros al mes, durará entre cuatro y seis meses.

Línea de avales

Por otro lado, el Gobierno también concede una línea específica de avales públicos para facilitar préstamos al sector cultural por un total de 780 millones de euros.

Otras subvenciones

Repartirá también ayudas para las artes escénicas y la música por valor de 23,7 millones, otros 13,3 millones a salas de cine, unos 4 millones para librerías y 1 millón al arte.

Además, la norma concede apoyos de hasta 50.000 euros a los contratos artísticos firmados por las administraciones públicas cuya celebración se haya aplazado o cancelado, mientras que las actividades subvencionadas que no se hayan celebrado podrán cobrar los gastos que hayan tenido que asumir por la crisis del coronavirus.

Ayudas especiales al cine

El real decreto relaja las condiciones para el cobro de subvenciones destinadas al cine, pudiendo incluso recibir el 50% de la ayuda sin haber iniciado el rodaje.

Ventajas fiscales

Por último, las inversiones en producciones de relevancia cultural se podrán deducir en el Impuesto de Sociedades hasta el 30% del primer millón y hasta el 25% del resto de la contribución.

Se amplía, por tanto, el porcentaje de deducción en la declaración de la renta de las donaciones y el mecenazgo de fundaciones, asociaciones de utilidad pública, ONG, federaciones deportivas, entidades públicas, universidades, institutos culturales y organismos públicos de investigación.

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